Notas

Víctor Manuel Martínez Puente, candidato a presidente del CAM-SAM

Fueron cuatro años de consensos intensos (2013-2017) en la Asamblea Constituyente para promulgar, en un caso insólito y de confluencia de voluntades de todos los partidos políticos, actores principales y Ciudadanía, la creación de la naciente Ciudad de México (antes Distrito Federal), su primera Constitución Política CDMX (CPCDMX) y la creación altamente significativa del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la CDMX (IPDP), que implica la construcción de un futuro colectivo, ajeno a los vaivenes políticos y sexenales de los gobiernos de la ciudad y del país.

Los Derechos Humanos y el Derecho a la Ciudad ahora están consagrados en la Constitución. La creación del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva (IPDP), es uno de esos derechos, su creación es vanguardista a nivel nacional e internacional, y su constitución se consagra en el Artículo 15 Constitucional, que a la letra dice: “El Instituto será un organismo público con autonomía técnica y de gestión dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio”.  Lo que quiere decir, observando además la Legislación federal y local en la materia, que será un organismo descentralizado y no desconcentrado del Gobierno de la CDMX, sin subordinación técnica al Gobierno de la CDMX u otro actor principal de la CDMX (alcaldías, inversionistas, inmobiliarios, universidades, colegios y cámaras, ONG u otra asociación civil), es decir, una nueva institución que emerja sin conflicto de interés, tráfico de influencias y principalmente, apartidista.

El IPDP tendrá la misión, entre otra de sus responsabilidades constitucionales, formular en concertación pública el primer Plan General de Desarrollo de la CDMX  (PGD) a un horizonte de 20 años, y como acto subsecuente, la formulación del primer Programa General de Ordenamiento Territorial (PGOT) a 15 años, lo que representa ser un acto de mayor interés para la Ciudad y su Ciudadanía, según lo define explicita e implícitamente la CPCDMX.  Sin embargo, el pasado 1ro de octubre, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, presentó el primer proyecto de dicho Plan, señalando que se iniciará un proceso de consulta y participación social conducido por la Agencia Digital e Innovación Pública, generando con ello un despropósito al Artículo 15 Constitucional.

Ahora bien, el proceso para nombrar al Director de dicho Instituto (IPDP), con un perfil técnico de experto en la materia, busca ser transparente, objetivo, y ampliamente publicitario a través del Comité de Selección nombrado para tales efectos. Al parecer, el lunes 5 de octubre (coincidentemente Día Mundial del Hábitat) el Comité envió al Congreso el acta de la terna seleccionada, en la cual aparecen los nombres de Pedro Santiago Antón Gracia, Armando Rosales García y Pablo Benlliure Bilbao, sin que lo anterior este aún publicado en el sitio del comité de selección y tampoco por el Congreso, cuestión que llama la atención.

Cabe destacar que el Comité de Selección, ejerció su independencia, no considerando en la terna a la Secretaria de Desarrollo y Vivienda (SEDUVI) Ileana Augusta Villalobos Estrada. Sin embargo,  en esta terna la Jefa de Gobierno insiste con el candidato Pablo Benlliure, quien  tanto en el momento de su registro como aspirante y hasta el momento, sigue siendo funcionario en SEDUVI, asunto que genera desconfianza y se interpreta como una intromisión impertinente en el proceso de selección, independientemente de la falta de ética profesional y sensibilidad política del candidato al poner en duda la honorabilidad del Comité de Selección y la Jefa de Gobierno, colocando en riesgo político innecesario al propio instituto y al Congreso mismo.

Según el procedimiento previsto en la CPCDMX y la legislación aplicable (Ley de Planeación y Ley Orgánica del IPDP), mismas que fueron motivo de grandes divergencias en el Congreso de la CDMX por existir injerencias e intromisiones probadas del candidato de SEDUVI, a título personal o en representación del gobierno de la ciudad, usando así el tráfico de influencias de la Jefatura de Gobierno ante el Congreso de la CDMX, para su beneficio personal, con o sin conocimiento de la misma,  ahora el Congreso de la CDMX  tiene la tarea de designar al mejor candidato con base a la decisión de las 2/3 partes del pleno. Y su proceso de designación, en términos constitucionales de objetividad, transparencia y publicitario, aún no se ha determinado, quedando abierta la puerta a una decisión contraria al espíritu constitucional por la vía del mayoriteo morenista. Lo anterior es altamente preocupante para la Ciudadanía y el mismo instituto por el respeto irrestricto de la CPCDMX, y el cumplimiento al Derecho a la Ciudad y los Derechos Humanos ya consagrados.

Por su importancia en la CDMX y considerando que ya existe un desfase temporal con respecto al mandato de la CPCDMX, la terna de candidatos a director del nuevo Instituto es un proceso inédito y amerita que culmine limpio, transparente y sin imposiciones partidistas o de grupo. El presente y futuro de la Ciudad de México está en juego con esta gran decisión, y corresponderá al Congreso de la CDMX garantizar y hacer cumplir el que sea autónoma, soberana y sin interferencias del Gobierno de la Capital del país.

Firma: Arq. Víctor Manuel Martínez Puente, actual candidato a presidente del Colegio de Arquitectos de la Ciudad de México y de la Sociedad de Arquitectos Mexicanos.

 

Acerca de Juan Carlos Machorro

El autor no ha proporcionado ninguna información.

1 Comentario

  1. ALEJANDRO LEAL ORNELAS

    FELICIDADES Y SUERTE