Opinión

Legislativa ambiental

Hemos hablado en las últimas entregas sobre la necesidad de desarrollar una cultura de la protección civil. En todo lo que implica, decíamos: previsión, prevención, atención de desastres. Cultura en la cual los primeros obligados son los gobernantes, de los tres órdenes. Les corresponde la planeación, programación, operación de políticas públicas, con sus correlativos rendición de cuentas; revisión y evaluación.

Hablo en forma insistente de tres órdenes de gobierno. Me refiero al municipal, al estatal y al federal. Hay quienes dicen de ellos “tres niveles”. Es improcedente porque no están subordinados unos a otros. En el caso que nos ocupa, a cada uno corresponde el establecimiento de planes destinados a atender situaciones de desastre.

La tarea, bien dice Alberto Cayeros, amplio conocedor de la materia, debiera comenzar por los aspectos de previsión: “Acción y efecto de prever”, define el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia. También es la “Acción de disponer lo conveniente para atender a contingencias o necesidades previsibles”.

¿Se cumplen cabalmente los aspectos de previsión, prevención, atención de acontecimientos catastróficos? En el análisis del tema conviene comenzar por la verificación de los “atlas de riesgo”. ¿Existen?

Se construyen considerando los aspectos geográficos, geológicos, hidrológicos, humanos, dónde pueden presentarse desastres, naturales o socio organizativos, éstos, los debidos a la acción del hombre (hombre, genérico). Las estadísticas son una herramienta fundamental para esto.

En cualquier parte de la extensión territorial de nuestro país algo puede ocurrir que alcance condición de desastre. Por tanto es ocioso suponer que no haya “atlas de riesgo” que comprendan “del norte al sur y del Golfo al Pacífico”, los límites de México según la apreciación de Marco Polo, columnista de El Heraldo de México, de los años 70. El concepto de “mar patrimonial” amplía las fronteras.

Las entidades de la República tienen sus respectivos estudios. Sobre todo aquellas que sufren fenómenos recurrentes: tormentas, huracanes, temblores, desborde de ríos, incendios forestales, en cuanto a acontecimientos naturales (hidrometeorológicos y telúricos); accidentes carreteros, explosiones, hundimiento de embarcaciones, fugas en instalaciones y redes de distribución de hidrocarburos, incendios también, por lo que toca a eventos socio organizativos.

Los municipios debieran tener sus “atlas de riesgo”. En algunos sí los hay, igualmente poseen reglamentos de protección civil. No todos porque carecen de la capacidad de prever: “nada sucede hasta que sucede”. No todos, porque aunque sus ayuntamientos tuvieran la voluntad para elaborarlos, no disponen del personal necesario para hacerlo. Gobiernos estatales hay que construyen modelos aplicables en lo general, pero cada ciudad, cada pueblos, cada comunidad, tiene características propias.

Veamos. No por todos las ciudades de México cruzan ductos de gas, no son lugares por donde transiten vehículos que transporten materiales tóxicos, ni pasan vías ferroviarias, no están a la orilla de ríos, tampoco se ubican sobre terrenos minados o fallas tectónicas. Nada de eso, pero en cualquiera puede ocurrir un evento catastrófico y para ello es necesaria la preparación de la comunidad.

Así, es fundamental el conocimiento de lo que significa el concepto de protección civil, lo que implica, cuánto comprende. A eso apuntan las tareas de la Comisión Especial en Materia de Protección Civil de la Cámara de Diputados. La tarea es mayor. Ojalá los propósitos que la animan se cumplan oportunamente.

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