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5 Recomendaciones para ser un buen casero

 

Rentar un inmueble y ser un buen casero no solo supone obtener un ingreso extra ni tratar de ocupar ese espacio vacío. Al hacerlo se ofrece también un servicio. La renta de una vivienda es algo serio, con lo que se contraen obligaciones y derechos que se pueden encontrar en el Código Civil. Para que la experiencia de rentar un inmueble sea lo más agradable posible, se dan algunas recomendaciones para ser el casero ideal.

1. Anunciar el inmueble

Los letreros afuera del inmueble siempre funcionarán, pero en esta era de la información internet también es un vehículo rápido y confiable. Puedes subir la información de la propiedad a sitios inmobiliarios en diversos portales como es Propiedades.com

Una de las cosas que más destacan en estos sitios son las fotografías, así que es recomendable hacer buenas imágenes, donde se vea el orden y la limpieza del lugar que vas a anunciar. Por otra parte, hay que poner información relevante: ubicación, características del inmueble, servicios aledaños y valor de la propiedad en venta. Este último dato se delimita por la zona, las condiciones del inmueble, el costo neto de la propiedad.

2. Calcular la renta mensual

Para calcular el precio de renta de manera ideal se debe multiplicar el valor de la vivienda por la tasa de interés libre de riesgo (actualmente equivale a 0.03%). La fórmula, entonces, se resume así: Valor de la vivienda x tasa de interés (0.03%) = Precio de renta ideal

Hay que considerar también que el valor de venta y, por lo tanto, de renta, se verá delimitado por la ley de la oferta y la demanda de inmuebles en una zona determinada.

Otro dato importante es que valor de la renta se ajustará anualmente acorde a la tasa de inflación. Esto quiere decir que cada año se renegociará el precio de renta con el inquilino.

Para saber en cuánto puedes rentar tu propiedad, también puedes consultar portales inmobiliarios que arrojen estadísticas de los valores o consultar a un valuador experto.

Una recomendación extra es guardar entre 4 y 6% del depósito o el último alquiler con el fin de realizar las operaciones de mantenimiento debido al uso del inmueble, como pintura, pulido de pisos, limpieza o cambio de alfombras, pintura, etcétera.

3. Busca al inquilino adecuado

Como arrendador es tu derecho es rentar a un buen candidato. Aunque no puedes tomarte libertades como pedir estados de cuenta para verificar solvencia económica ni ningún otro documento que atente contra la privacidad del arrendatario, como el estado civil, puedes solicitar identificación oficial, comprobante de domicilio y realizar una entrevista para tener una idea de quién es y cuáles son sus ingresos.

Para tener cierta seguridad de que te pagará, pide un aval a tu futuro arrendatario, que cubrirá el pago o cualquier problema que se presente. Otro elemento que te dará tranquilidad es el depósito, que suele ser de entre uno y dos meses de renta (normalmente un mes de depósito que se pide al arrendatario y un mes de fianza, al arrendador). Esto se considera como parte de los costos indirectos. Algunas agencias que se dedican a rentar también realizan cobros indirectos de investigación, fianza, seguros en caso atraso o impago de alquiler, etcétera.

4. Elabora un contrato

Como siempre, el primer paso en asuntos de bienes inmuebles es elaborar un contrato. Una vez elegido el futuro inquilino y satisfechas las garantías de seguridad, es hora de elaborar el documento que ante todo protegerá frente a incidentes de diversa índole y en el cual también quedarán señaladas tus obligaciones.

Previo a la elaboración de un contrato de arrendamiento, debes contar con los documentos que te acrediten como dueño del inmueble. Por ley también estás obligado a declarar el ingreso por la renta. El Código Civil establece que dicho contrato debe entregarse por escrito, de lo contrario, esta informalidad será imputada al arrendador.

El contrato de arrendamiento debe incluir los nombres del arrendador y arrendatario, la ubicación del inmueble, la descripción del inmueble, el monto de la renta y el término del contrato, siendo el mínimo de un año.

En este documento se detallan los acuerdos adicionales entre arrendador y arrendatario, como cuotas en caso de falta de pago, fechas de pago de la renta, plazos, si están permitidas mascotas o niños o modificaciones en el inmueble y de qué tipo. También se establecen los servicios que el arrendador ofrece con el inmueble: como teléfono, internet, estacionamiento. Al firmar el contrato, el arrendador se quedará con el original y el arrendatario tiene derecho a una copia de este documento.

5. Cuidado con los derechos y obligaciones

Estos derechos y obligaciones, tanto del arrendador como del arrendatario, están en el Código Civil, en el Título Sexto e incluyen obligaciones como conservar el inmueble en buen estado, realizar las reparaciones pertinentes y no perturbar el lugar arrendado.

Entre los derechos del arrendador se encuentra fijar el monto de la renta, así como del depósito; establecer las condiciones que desee, como no aceptar inquilinos con mascotas, y fijar las posibles cuotas por retraso en el pago de la renta. También es derecho del propietario recuperar el inmueble en caso de emergencia, solicitar la anulación del contrato por falta de pago, o por violaciones a la propiedad y al contrato.

Las reparaciones de un inmueble siempre son un tema controversial. La solución es comunicar que algo falla o se ha descompuesto. Es obligación del arrendador estar al tanto del estado de su inmueble, y si este no se hace cargo de la reparación, el inquilino puede solucionar el desperfecto y guardar las facturas y demás comprobantes de gastos y posteriormente comunicarlo al arrendador. Como propietario puedes exigir que el estado de tu casa sea el mismo que cuando la entregaste (salvo por el desgaste natural), de lo contrario puedes quedarte con una parte del depósito, pero también es tu obligación devolverlo si la casa no tiene desperfectos al ser entregada.

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