Vida Sana

Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco

Directrices claras en favor de la salud de los no fumadores.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de la Secretaría de Salud informa que hoy entró en vigor en las 32 entidades federativas el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, con el que se busca proteger a los no fumadores, desalentar el consumo en jóvenes y reducir la tasa de mortalidad por tabaquismo.
La aplicación y vigilancia del nuevo reglamento, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 31 de mayo, corresponde a la COFEPRIS y a las Secretarías de Salud de los estados.
Las nuevas reglas detallan los términos para la expedición de permisos sanitarios previos de importación y licencias sanitarias, así como las características con que deberán contar los espacios 100% libres de humo de tabaco y las zonas exclusivamente para fumar.
Además, especifican la información al público que debe contener el empaquetado y etiquetado de cajas y cajetillas de cigarros, las restricciones publicitarias y las medidas de seguridad y sanciones para quienes incumplan con estas disposiciones.
Queda estrictamente prohibido fumar en espacios públicos cerrados: edificios públicos (federales, estatales y municipales), restaurantes, bares y discotecas. Las zonas exclusivamente para fumar, entre ellas las terrazas, deberán ubicarse al aire libre o en espacios interiores aislados. Deben estar físicamente separadas de los espacios 100% libres de humo, no ser paso obligado para las personas o encontrarse en los accesos o salidas de los establecimientos comerciales. En estos espacios no podrán estar menores de edad y deberá advertirse a las mujeres embarazadas de los riesgos a su salud que corre ella y su futuro bebé al entrar en esa zona.
De acuerdo con el artículo cuarto transitorio del reglamento, las entidades federativas deberán adecuar sus ordenamientos locales en materia de protección contra la exposición al humo de tabaco, donde, como mínimo, deberán contener lo que estable el ordenamiento federal.
A partir de hoy, la COFEPRIS y las autoridades sanitarias estatales pueden recibir y atender quejas o denuncias ciudadanas por incumplimiento de la ley y este reglamento a través de la página www.cofepris.gob.mx o al 01 800 033 50 50.
La autoridad sanitaria federal exhorta a las industrias tabacalera, restaurantera, hotelera y del entretenimiento a sumarse a esta cruzada nacional por la prevención del tabaquismo que está causando la muerte a más de 160 personas diariamente y costando a las finanzas públicas alrededor de 30 mil millones de pesos anuales en el tratamiento de enfermedades provocadas por fumar.
Cabe destacar, por último, que desde hace nueve años no se modificaba el reglamento sanitario federalen materia de tabaco.

Acerca de admin

El autor no ha proporcionado ninguna información.

1 Comentario

  1. Rocío Olivares

    Excelente que se esté legislando con respecto de este grave problema de salud pública pero todavía sigue siendo una lástima que haya espacios para fumadores en vez de esfuerzos y estrategias para inducirlos a la atención de su enfermedad.