Sustentabilidad

Ley de felinos; sentencia a muerte a más de mil ejemplares

Marie Palma Irizarry, directora de investigación de la Asociación de Zoológicos, Criaderos y Acuarios de México, A.C. (AZCARM) y Directora de investigación de El Nido,  declaró al respecto que esta nueva legislación es muy grave en sus reglamentos, ya que afectaría a aproximadamente 1000 ejemplares que se encuentran actualmente bajo cuidado humano en zoológicos, criaderos, etc.
Situación que igual puede provocar muerte masiva de felinos, ya que uno de los alcances de esta ley es prohibir su posesión, entonces el solo hecho de “tenerlo” se incurre en delito por lo que los zoologicos, criaderos, etc, deberán entregar los ejemplares a las autoridades para su posterior liberación. Lo que terminará provocando muertes de los especímenes al ser liberados.

Este organismo declaró que la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, que adicionó al Artículo 60 Bis 3 a la Ley General de Vida Silvestre, la prohibición de la posesión de especies como: jaguar, ocelote, tigrillo y jaguarundi, pone en riesgo a más de mil ejemplares en el país que actualmente se encuentran en centros de conservación, zoologiocos, etc,. Que están debidamente registradas ante la Secretaría de Medio Ambiente federal (SEMARNAT), que ya no podrán alojar a estos felinos.

La AZCARM considera de incompleta esta normatividad que en la redacción de dicho dictamen no se han dimensionado las consecuencias de la prohibición de la posesión de estos felinos, entre las que enumera son:

Declaró que esta iniciativa se le puede achacar directamente a la diputada del PRI, Erika Araceli Rodriguez Hernández y que cuenta con el apoyo del Partido Verde que juntos lograron la mayoría de votos necesarios para que fuera aprobada en la comisión de medio ambiente.

Explicó que aún existe posibilidad de dar un paso atrás a la misma, y que se congele en el Congreso, ha hizo un llamado para detenerla o en su defecto, modificar el texto para que “haga menos daño a los felinos”. Añadió que la AZCARM en dado caso podría ampararse en relación a esta ley.

Al no tener definida la figura de “instituciones académicas acreditadas” en la Ley, la autoridad podrá expedir planes de manejo con total discrecionalidad, por ello se propone incorporar en el ordenamiento a toda institución debidamente acreditada y registrada ante la SEMARNAT.

Al respecto, declaró que esta figura podría ser motivo de “interpretación” diversa de la Ley, es decir, podría caerse en la discrecionalidad para calificar o acreditar instituciones para control de especímenes.
Detalló que esta ley, es una de las diversas normatividades que se están redactando sin sustento científico y que es ejemplo de “una tendencia mundial para “proteger” a los animales, pero más como una moda ya que dicha protección se ha hecho sin ningún sustento técnico ni científico. Se ha hecho apelando solo al sentimentalismo, sin investigación ni conocimiento de la situación en particular”.

Situación que los los partidos políticos se han aprovechado de esta moda y promueven este tipo de legislaciones solo para favorecer sus intereses personales o partidistas pero no para beneficiar a los animales que dicen proteger.
Este organismo en comunicado de prensa, detalla que esta propuesta aceleraría la desaparición de estas especies, al poner fin a los programas actuales de conservación que realizan instituciones zoológicas, en colaboración con instancias nacionales e internacionales dedicadas a la conservación de especies en peligro de extinción.

Incluso los propios museos de historia natural se ven afectados pues con dicha modificación, deben dejar de poseer, y por lo tanto exhibir, los ejemplares disecados de estas especies ya que no se hace ninguna distinción entre animales vivos o muertos.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) ya no podrá solicitar el apoyo de las instituciones zoológicas y sus especialistas para cooperar en el manejo, recibo y atención por tiempo indefinido, de individuos que no pueden sobrevivir ya sea por enfermedad, abandono, decomiso o crianza artificial.

Actualmente, está sancionada por la Ley la extracción de ejemplares de estas especies de su hábitat natural, siendo las multas y sanciones correspondientes de las más estrictas, por tratarse de especies mexicanas bajo alguna categoría de riesgo, de conformidad con la NOM-059-SEMARNAT-2010 sobre protección de especies nativas de México.

Indicó que en los 2 últimos años, la AZCARM ha trabajado intensamente buscando el diálogo con los legisladores, así como con las autoridades y con diferentes sectores y gremios relacionados a la vida silvestre para parar iniciativas perjudiciales e impulsar nuevas iniciativas que si beneficien a los animales así como a sus hábitats y al medio ambiente en su conjunto.

“Particularmente con esta iniciativa de felinos,  hemos tenido muchas reuniones con diputados de diversos partidos políticos y a excepción del PRI y partido verde, los demás no están de acuerdo en la aprobación de esta iniciativa”, dijo.

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