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La Cámara de Diputados aprobó, con 406 votos, reformar el párrafo quinto del artículo 46 de la Ley general del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y adicionar una fracción VII al artículo 214 del Código Penal Federal, para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), sea la responsable de vigilar y evitar nuevos centros de población en áreas naturales protegidas.

La dependencia federal contando con la concurrencia de entidades federativas y municipios, promoverá la participación social para llevar a cabo dicha vigilancia.

Se establece que el servidor público que, teniendo obligación por razones de empleo, cargo o comisión de autorizar asentamientos, vigilar lugares, instalaciones u objetos, e incumpliendo su deber autorice, permita u ordene la fundación de nuevos centros de población en áreas naturales protegidas o el establecimiento de algún asentamiento humano irregular, comete el delito de ejercicio ilícito.

Al fundamentar el dictamen, turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, la secretaria de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputada Susana Corella Platt (PRI), indicó que las áreas naturales protegidas deben conservarse en función del objeto de su creación y función biológica.

No podrá autorizarse fundar nuevos centros de población en esas zonas, pues los asentamientos humanos irregulares además de carecer de servicios públicos, resultan generadores de condiciones de vida deplorables.

Se busca desde un enfoque sustentable, mitigar “nuestra huella sobre el planeta  y evitar riesgos para quienes habitan estos asentamientos irregulares y, considerando el choque de fenómenos naturales, no vean perdido su patrimonio o  vida”, explicó.

El proponente de la iniciativa, diputado Arturo Álvarez Angli (PVEM), sostuvo que el crecimiento exponencial de asentamientos humanos irregulares preocupa; la mayoría se ubican en zonas vulnerables a fenómenos climáticos, representando un importante riesgo de pérdidas humanas, económicas y de degradación ambiental de áreas con especial valor ecológico como cañadas y barrancas.

Dio a conocer con  datos de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial,  que en la Ciudad de México, la superficie correspondiente a suelo de conservación invadida por asentamientos irregulares creció 21.3 por ciento en 6 años, durante el periodo comprendido de 2010 a 2016.

Invasiones convertidas en instrumento de lucro para  especuladores que, a través de la venta ilegal de predios,  directamente o a través de intermediarios, ponen en riesgo a quienes tienen la esperanza de encontrar un lugar para construir un hogar, puntualizó.

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