En Ambiente

Anuncia SENER modificaciones para convocatoria de Ronda Uno

Las Secretarias de Energía y de Hacienda y Crédito Público, así como la Comisión Nacional de Hidrocarburos informan que se han llevado a cabo modificaciones al modelo de contrato y a las bases de licitación que se dieron a conocer el 12 de mayo de 2015 como parte de la Tercera Convocatoria de la Ronda 1 para la adjudicación de contratos de licencia para la extracción de hidrocarburos en campos terrestres.

Las modificaciones se llevaron a cabo a través del procedimiento formal establecido en las bases de licitación, y se encuentran disponibles en la página web www.ronda1.gob.mx. Las adecuaciones y cambios realizados se basan en las mejores prácticas internacionales en la materia con el fin de otorgar certeza jurídica a los operadores, así como salvaguardar el interés del Estado mexicano al promover mayores inversiones, incrementar la generación de empleos, aumentar la producción de petróleo y gas natural y asegurar que el Estado recibe la renta petrolera.

Siguiendo el calendario de publicaciones establecido en las bases, la presentación y apertura de propuestas, así como la declaración de los ganadores de la licitación están programadas para llevarse a cabo el próximo 15 de diciembre.

Bases de Licitación. Entre los cambios principales con respecto a la versión publicada el 3 de septiembre del presente año, se destacan los siguientes:

Salida del Operador. Se incluye una previsión para que, ante la salida de un operador del consorcio o asociación en participación, los demás miembros puedan incorporarse a otro licitante o incorporar a un operador precalificado en el consorcio o asociación en participación.

Condiciones de participación. Se flexibilizan las condiciones para la presentación de propuestas por compañías distintas con fuentes comunes de financiamiento, siempre que hayan suscrito los acuerdos de confidencialidad correspondientes.

Contrato para la Extracción de Hidrocarburos. Entre los cambios principales con respecto a la versión publicada el 25 de mayo del presente se destacan los siguientes:

Exploración. Se otorga al contratista la posibilidad de realizar actividades exploratorias de manera adicional a las actividades de extracción previstas en el contrato.

Garantía de Cumplimiento. Se prevé la devolución de la garantía de cumplimiento inicial previa entrega de la garantía del periodo adicional de evaluación. El monto de la garantía de cumplimiento será equivalente al 50% de los compromisos de trabajo para cada período de evaluación.

Garantía Corporativa. Se flexibilizan las condiciones para la presentación de las garantías que se ejercerán en última instancia para exigir el cumplimiento puntual y oportuno de las obligaciones del contratista en virtud del contrato. Asimismo, se definen los montos de la garantía corporativa.

Rescisión Administrativa. Se incluye una etapa de investigación previa y definiciones sobre algunos de los conceptos contenidos en las causales de rescisión administrativa con la finalidad de otorgar mayor certidumbre al contratista sobre el proceso de rescisión previsto en los contratos. Asimismo, se incluye la opción de que las partes del contrato nombren por mutuo acuerdo a un experto independiente durante la etapa de investigación previa a la rescisión administrativa.

Rescisión Contractual. Se prevé un periodo de 30 días para sanear el incumplimiento de las causales previstas en el contrato. Asimismo, se elimina la primera causal relativa a la presentación tardía del plan de evaluación o programas de trabajo y en su lugar se agrega una cláusula la cual fija una pena convencional por cada día de retraso en su presentación.

Etapa de transición de arranque. Se incluye una etapa con duración de 90 días para llevar a cabo la entrega del área contractual de CNH al contratista y el inicio de los estudios para la determinación de la línea base ambiental y la línea base social.

Etapa de transición final. Se prevé una etapa durante la cual se llevará a cabo la entrega del área contractual del contratista a la CNH o al tercero designado, la actualización del inventario de activos y la realización de los estudios correspondientes a la línea base ambiental y la línea base social.

Línea Base Ambiental. Se extiende el plazo para la identificación de los pasivos ambientales existentes en el área contractual de manera previa al inicio de las operaciones del contratista.

Seguros. Se incluye la contratación de seguros para responsabilidad civil por daños a terceros en sus bienes o en sus personas incluyendo responsabilidad civil ambiental que ampare daños al ambiente por contaminación de hidrocarburos; control de pozos; daños a los materiales generados o adquiridos para ser utilizados en las actividades petroleras y daños al personal.

Plan de Desarrollo. Se prevé la posibilidad de que el contratista y la CNH celebren audiencias para resolver cualquier diferencia técnica con relación a los planes de desarrollo.

Plan de Evaluación. Se extiende el plazo del contratista para la presentación del plan de evaluación y se prevé que la CNH pueda realizar observaciones a dicho plan y se celebren audiencias para resolver cualquier diferencia técnica que pudiera surgir.

Programa Mínimo de Trabajo. Se flexibilizan las condiciones para la ejecución de los compromisos mínimos de trabajo durante el período de evaluación.

Prórroga del Contrato. Se modifican los criterios para su otorgamiento. Se sustituye la obligación de comprometerse a realizar inversiones adicionales relacionadas con la continuación de la producción comercial regular en el área contractual por la de mantener dicha producción comercial regular.

Arbitraje. Se modifican los plazos previstos para el nombramiento de los árbitros y la aceptación del nombramiento correspondiente, de conformidad con el Reglamento de Conciliación de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, y se designa como autoridad nominadora al Secretario General de la Corte Permanente de Arbitraje de la Haya.

Daños y Perjuicios y Finiquito. Se amplía el plazo para la determinación de los daños preexistentes y se prevé que el contratista pueda someter a arbitraje alguna controversia relacionada a la determinación de daños y perjuicios que deriven de la improcedencia de la rescisión administrativa resuelta por los Tribunales Federales, o cuando las partes no lleguen a un acuerdo con respecto al finiquito previsto en el contrato.

Tratados Internacionales. Se aclara que lo dispuesto en los contratos no irá en detrimento de los derechos del contratista reconocidos en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.

Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Se prevé la prórroga de los plazos del contrato dada la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor que se extienda por más de un año, así como la presentación de un plan de desarrollo modificado para el caso que se hubiera afectado únicamente una parte del área contractual. Además, se prevé que el derecho de terminación del contrato expire 3 meses después de haber finalizado el caso fortuito.

Contenido Nacional. Se hace una aclaración con respecto a la notificación de incumplimiento de las metas de contenido nacional y la ejecución de penas convencionales.

Eliminación de Reportes / Informes de Avance. Se flexibiliza el contenido de los registros de bitácora y se elimina el requisito de presentar algunos informes, tales como el reporte de ingeniería y el informe de construcción de instalaciones.

Entrega y Recepción de Hidrocarburos. Se prevé la posibilidad de celebrar audiencias o comparecencias con respecto a los procedimientos de entrega y recepción de hidrocarburos propuestos por el contratista.

Sistemas de Medición. Se incluyen modificaciones al procedimiento de ajuste de balances y la posibilidad de que la CNH ordene la instalación de instrumentos de medición. Adicionalmente, se prevén condiciones para la presentación de un proyecto de acuerdo para el uso compartido de instalaciones.

Información Pública. Se aclara la exclusión de la venta de información técnica por parte de la CNH el secreto industrial, la marca registrada o cualquier otro derecho de propiedad intelectual del contratista regulado por la Ley Federal de Derechos de Autor y la Ley de la Propiedad Industrial.

Transparencia. Se establece la obligación del contratista para entregar la información que la CNH le requiera y la posibilidad de utilizar la información registrada en el sistema informático del Fondo para cumplir con obligaciones de transparencia.

Seguridad Nacional. Se prevé que el contratista brinde las facilidades requeridas por autoridades gubernamentales competentes en situaciones de emergencia.

Inventario de Activos. Se incorpora el formato de inventario de activos en el Anexo 5.

Materiales Muebles. Se permite que el contratista conserve los materiales muebles en caso de terminación o rescisión del contrato.

Obligaciones adicionales. Será obligatorio para el contratista mantener de manera anual un capital contable promedio equivalente al solicitado en la etapa de precalificación.

Subproductos. Se prevé que la disposición y la comercialización de subproductos sea responsabilidad del contratista.

Unificación. Se prevé un procedimiento para la unificación de yacimientos compartidos.

Acerca de Juan Carlos Machorro

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